MARCO LEGAL

El nivel central del Estado Plurinacional de Bolivia tiene la competencia privativa de la realización de los censos oficiales, según la Constitución Política del Estado.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) es la única entidad rectora de la producción de estadísticas oficiales de Bolivia de acuerdo a la Ley 1405 de Estadísticas Oficiales, es la responsable de la realización de censos oficiales, de producir, normar y difundir estadísticas oficiales, a través de registros administrativos, censos, encuestas, información geoestadística e información no estructurada, entre otras.

Por su parte, la Constitución Política del Estado, en el artículo 146 (parágrafo V), establece que “la distribución del total de escaños entre los departamentos se determinará por el Órgano Electoral en base al número de habitantes de cada uno de ellos, de acuerdo al último Censo Nacional, de acuerdo a la Ley. Por equidad la ley asignará un número de escaños mínimo a los departamentos con menor población y menor grado de desarrollo económico”.

Censo 2024: Declaratoria de prioridad nacional y fecha de realización

El Decreto Supremo 4546, de 21 de julio de 2021, declaró de prioridad nacional la realización del Censo de Población y Vivienda, instruyendo a autoridades, instituciones y a la población en general a colaborar en todas sus etapas.

Posteriormente, el Decreto Supremo 4760, de 13 de julio de 2022, modificó la fecha original del operativo, estableciendo que el censo debía realizarse hasta el primer trimestre de 2024.

Finalmente, el Decreto Supremo 4824, de 11 de noviembre de 2022, determinó que el Censo se llevaría a cabo el 23 de marzo de 2024, y que los resultados preliminares de población serían presentados en septiembre de 2024, como base para la distribución de recursos económicos por coparticipación.

Confidencialidad del dato

El artículo 5 de la Ley 1405 de Estadísticas Oficiales establece la confidencialidad de la información proporcionada por los informantes, la misma que no podrá ser revelada en forma individual y sólo podrá ser publicada de forma anonimizada. Asimismo, no podrá ser utilizada con propósitos tributarios, judiciales, administrativos o policiales, aunque medie orden administrativa o judicial.

Por otra parte, el intercambio de información a nivel de microdato entre las entidades productoras de estadísticas oficiales, así como el INE, debe realizarse sólo en el marco de las atribuciones de cada entidad, respetando el secreto estadístico.

Aplicación de resultados

La Ley 1492 de Aplicación de los Resultados del Censo de Población y Vivienda en los Ámbitos Financiero y Electoral, de 2 de diciembre de 2022, establece que los datos preliminares servirán para que el Órgano Ejecutivo realice la nueva distribución de recursos de coparticipación tributaria y el Tribunal Supremo Electoral elabore el proyecto de ley de distribución de escaños para la Cámara de Diputados.

Auto de Buen Gobierno Departamental

Para garantizar el buen desarrollo del censo, los gobiernos departamentales emitieron autos de buen gobierno, suspendiendo actividades y estableciendo restricciones del 22 al 25 de marzo de 2024.

Aprobación de los resultados del Censo

Mediante la Resolución Administrativa INE/DGE/N° 137/2024, de 29 de agosto de 2024, el INE aprobó los resultados del Conteo Poblacional del Censo de Población y Vivienda 2024 y autorizó su publicación como primera entrega.

Tratamiento de límites imprecisos

Conforme a la Ley 339, el INE no tiene competencia en materia de límites de unidades territoriales. En ningún caso el INE regula, atiende, administra o resuelve conflictos de límites entre comunidades, barrios, municipios y/o departamentos.

El Censo no busca resolver ninguna disputa sobre territorio, lo que sí hace el Censo es desarrollar un conjunto de actividades estadísticas destinadas a recoger, recopilar, evaluar, analizar, publicar y difundir características habitacionales de los hogares y datos demográficos, económicos y sociales relativos a todos los habitantes de un país en un momento determinado.

El tema de límites corresponde a otra instancia y el Censo no tiene injerencia alguna en este aspecto.

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